SISTESIS REFLEXIVA SOBRE LOS MARCOS NORMATIVOS DEL IPEBA

Constitución Política del Perú
“El estado …. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación” (Artículo 16)


Ley General de Educación  N° 28044
“La educación es un derecho fundamental de la persona y la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos” (Artículo 2)

Resolución Suprema N° 001-2007-ED; que aprueba el Proyecto Educativo Nacional
“Una educación básica que asegure igualdad de oportunidades y resultados educativos de calidad para todos los peruanos y cierre las brechas de inequidad educativa”
(Objetivo 1 Proyecto Educativo Nacional)

Ley  del SINEACE Nº 28740 y su reglamento Decreto Supremo Nº 018-2007-ED.
          INSTITUTO PERUANO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN  Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN  BÁSICA – IPEBA (Artículos del 25 al 38 el Reglamento). (Educación Básica y Técnico Productiva)
          CONSEJO DE EVALUACIÓN  ACREDITACIÓN  Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA - CONEACES
(Instituciones y Escuelas de Educación Superior)
          CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN  Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA - CONEAU
(Educación Universitaria)