Constitución Política del Perú
“El estado …. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación” (Artículo 16)
Ley General de Educación N° 28044
“La educación es un derecho fundamental de la persona y la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos” (Artículo 2)
Resolución Suprema N° 001-2007-ED; que aprueba el Proyecto Educativo Nacional
“Una educación básica que asegure igualdad de oportunidades y resultados educativos de calidad para todos los peruanos y cierre las brechas de inequidad educativa”
(Objetivo 1 Proyecto Educativo Nacional)
(Objetivo 1 Proyecto Educativo Nacional)
Ley del SINEACE Nº 28740 y su reglamento Decreto Supremo Nº 018-2007-ED.
• INSTITUTO PERUANO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN BÁSICA – IPEBA (Artículos del 25 al 38 el Reglamento). (Educación Básica y Técnico Productiva)
• CONSEJO DE EVALUACIÓN ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA - CONEACES
(Instituciones y Escuelas de Educación Superior)
• CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA - CONEAU
(Educación Universitaria)